AEPD sanciona a ISGF y Telefónica por incumplir el derecho de cancelación de datos personales

Resolución TD-00030-2018
Firmado 2018-05-17T00:00:00Z
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Dª A.A.A. presentó una reclamación contra ISGF Informes Comerciales, S.L. debido a que no se atendió adecuadamente su derecho de cancelación de datos personales. La reclamante había ejercido sus derechos de acceso, cancelación y oposición, pero continuaba recibiendo llamadas de ISGF en nombre de Telefónica Móviles de España, a pesar de que su relación contractual era con Telefónica de España.

ISGF alegó que actuaba como encargada del tratamiento de datos para Telefónica Móviles de España y que había trasladado la reclamación a esta entidad. Sin embargo, Telefónica Móviles de España informó que no disponía de datos de la reclamante. La reclamante, por su parte, cuestionó la veracidad de este traslado y presentó una carta de ISGF que requería el pago de una deuda con Telefónica de España.

La resolución determinó que ISGF, como encargada del tratamiento, debía haber trasladado la solicitud de la reclamante a Telefónica de España, S.A.U., la entidad responsable del tratamiento. Se instó a ISGF a realizar este traslado y a Telefónica de España a atender los derechos ejercitados por la reclamante o a denegarlos de manera motivada. En caso de incumplimiento, ambas entidades podrían incurrir en infracciones previstas en la Ley Orgánica de Protección de Datos.

La decisión subraya la importancia de que las entidades encargadas del tratamiento de datos cumplan con sus obligaciones legales y trasladen adecuadamente las solicitudes de los afectados al responsable del tratamiento correspondiente.