| Resolución | TD-00024-2019 |
| Firmado | 2019-04-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. presentó una reclamación contra Google LLC (Google Spain, S.L.) por no haber atendido su solicitud de supresión de dos URLs que contenían información personal. El reclamante argumentó que la información era obsoleta y perjudicaba su negocio familiar, ya que sus hijos llevaban el mismo apellido. Además, señaló que la información había perdido relevancia y que él ya no era una figura pública.
Google, por su parte, negó la solicitud alegando que la información era de interés público y relevante, ya que se trataba de noticias sobre delitos de fraude fiscal. La empresa argumentó que la información no era inexacta y que estaba amparada por la libertad de información. Además, sostuvo que el reclamante había desempeñado un papel destacado en la vida pública y que, por lo tanto, debía soportar el escrutinio público.
La resolución desestimó la reclamación de D. A.A.A. Se consideró que la información no era obsoleta, ya que las noticias habían sido publicadas en 2017 y trataban sobre delitos de fraude fiscal. Además, se determinó que la información era de interés público y que el reclamante, aunque jubilado, había desempeñado un papel destacado en la vida pública. Por lo tanto, se concluyó que prevalecía el derecho a la libertad de información sobre el derecho a la protección de datos personales del reclamante.