AEPD desestima reclamación contra Google: Prevalece el derecho a la información sobre la supresión de datos en noticia de interés público

Resolución TD-00006-2020
Firmado 2020-03-17T00:00:00Z
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Dª. A.A.A. presentó una reclamación contra Google por no haber atendido su solicitud de supresión de datos personales publicados en una URL. La reclamante argumentó que su nombre aparecía en una noticia sobre una supuesta negligencia profesional de su exmarido, y que esta inclusión carecía de relevancia. Google rechazó la solicitud, considerando que la noticia tenía interés público y que prevalecía el derecho a la información.

La resolución desestimó la reclamación, argumentando que la publicación de la noticia estaba amparada por el derecho a la libertad de expresión e información, conforme al artículo 20 de la Constitución Española. Se destacó que la información era veraz y de relevancia pública, lo cual justificaba la prevalencia del derecho a la información sobre el derecho a la supresión de datos. Además, se indicó que si la reclamante buscaba proteger su derecho al honor, debía recurrir a la Ley Orgánica 1/1982, que regula la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen.