AEPD sanciona a la Guardia Civil por incumplir el derecho de acceso a datos personales y reconoce el perjuicio al reclamante

Resolución TD-00006-2019
Firmado 2019-03-13T00:00:00Z
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El 2 de octubre de 2018, D. A.A.A. presentó una reclamación contra la Dirección General de la Guardia Civil por no haber atendido adecuadamente su derecho de acceso a la información personal. La solicitud de acceso, realizada el 8 de septiembre de 2018, no recibió la respuesta legalmente establecida en el plazo correspondiente. Además, la parte reclamante señaló que el acceso concedido fue incompleto, ya que no se incluyeron los datos relativos a una prueba de entrevista personal realizada el 6 de septiembre de 2018.

Durante el procedimiento, la Dirección General de la Guardia Civil reconoció un error administrativo que impidió facilitar completamente la información solicitada. Sin embargo, la parte reclamante argumentó que este error no solo fue involuntario, sino que perjudicó su capacidad para interponer un recurso de alzada contra una resolución de no apto en la entrevista. La reclamante solicitó la iniciación de un procedimiento sancionador por el perjuicio causado.

La resolución estimó la reclamación por motivos formales, ya que la Dirección General de la Guardia Civil finalmente proporcionó la información solicitada, aunque de manera extemporánea. No se consideraron necesarias actuaciones adicionales por parte del responsable. En cuanto al perjuicio alegado, se indicó que la parte reclamante debía dirigirse a los órganos de la jurisdicción ordinaria para resolver esta cuestión.

La resolución fue notificada a ambas partes y se hizo pública conforme a la normativa vigente. Contra esta resolución, se pueden interponer los recursos correspondientes dentro de los plazos establecidos.