AEPD desestima reclamación contra Google: D.D.D. debe recurrir a la Ley de Protección Civil del Derecho al Honor para eliminar enlaces judiciales

Resolución REPOSICION-TD-02607-2017
Firmado 2018-07-19T00:00:00Z
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Don D.D.D. presentó una reclamación contra Google LLC para eliminar enlaces que vinculaban su nombre con sentencias judiciales de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, en las que aparecía como investigado en un caso de extradición relacionado con blanqueo de capitales y tráfico de drogas. El reclamante argumentó que su nombre se mencionaba de manera incidental e innecesaria, y que los hechos expuestos eran falsos.

Google, por su parte, alegó que la información publicada era de interés público debido a la relevancia de las sentencias judiciales. La resolución inicial desestimó la reclamación, argumentando que no se había probado fehacientemente que los hechos fueran inexactos, y que la información tenía un interés público preponderante.

Don D.D.D. interpuso un recurso de reposición, reiterando que los hechos no existieron y que la información era falsa. Sin embargo, el recurso fue desestimado porque no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran una reconsideración. La resolución subrayó que, aunque el reclamante manifestaba que la información era falsa, el cauce adecuado para proteger su derecho al honor y a la propia imagen no era la normativa de protección de datos, sino la Ley Orgánica 1/1982, que regula la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen. Por lo tanto, se recomendó al reclamante que buscara la tutela de sus derechos a través de las instancias correspondientes.