AEPD confirma el bloqueo de datos personales en Google: Prevalece la protección de datos sobre la relevancia pública

Resolución REPOSICION-TD-02516-2017
Firmado 2018-07-12T00:00:00Z
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En el procedimiento TD/02516/2017, se resolvió un recurso de reposición presentado por Google LLC contra una resolución que estimaba la reclamación de tutela de derechos formulada por un individuo identificado como B.B.B. La reclamación se centraba en el derecho de cancelación de datos personales, específicamente en la solicitud de que sus datos no se asociaran en los resultados de búsqueda a una URL concreta.

B.B.B. solicitó que sus datos personales no aparecieran en una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del año 1995, donde se nombraban funcionarios en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Google argumentó que la información era de relevancia pública y estaba regulada por la normativa de funcionarios, que exige la publicación de los nombramientos en el BOE.

La resolución original determinó que, aunque la publicación en el BOE era necesaria para la adquisición de la condición de funcionario, prevalecía el derecho del reclamante a la protección de sus datos personales. Se consideró que divulgar dicha información podía tener implicaciones en materia de seguridad debido a las funciones y cometidos de los funcionarios de Instituciones Penitenciarias. Por ello, se ordenó el bloqueo del enlace en cuestión por parte del buscador.

Google presentó un recurso de reposición argumentando que la información era de interés público y estaba regulada por la normativa de funcionarios. Sin embargo, el recurso fue desestimado porque no se aportaron hechos ni argumentos jurídicos nuevos que permitieran reconsiderar la validez de la resolución original. La decisión final fue mantener el bloqueo del enlace para proteger los derechos del reclamante.