AEPD desestima recurso de reposición: Ayuntamiento de San Fulgencio actuó conforme a la ley al exigir especificidad en la cancelación de datos personales

Resolución REPOSICION-TD-02513-2017
Firmado 2018-06-08T00:00:00Z
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El procedimiento TD/02513/2017 y el recurso de reposición RR/00307/2018 se centran en la reclamación de D. A.A.A. contra el Ayuntamiento de San Fulgencio. El reclamante solicitó la cancelación de sus datos personales, excepto aquellos necesarios para su registro como propietario de vehículo, empadronamiento y un expediente de responsabilidad patrimonial.

El Ayuntamiento respondió que el reclamante debía especificar qué datos quería cancelar y aportar la documentación justificativa, conforme a la normativa vigente. El reclamante insistió en su petición, pero no proporcionó detalles específicos sobre los datos a cancelar. La resolución inicial desestimó la reclamación, argumentando que el Ayuntamiento actuó conforme a la ley al solicitar la especificación de los datos.

En el recurso de reposición, D. A.A.A. reiteró su petición y denunció supuestas irregularidades del personal del Ayuntamiento. Sin embargo, no se presentaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran una reconsideración de la resolución inicial. Por ello, se desestimó el recurso de reposición, confirmando la decisión anterior.

La resolución final desestima el recurso de reposición y se notifica al interesado, indicando que se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional si se considera necesario.