| Resolución | REPOSICION-TD-02372-2017 |
| Firmado | 2018-06-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Don A.A.A., representado por doña B.B.B., interpuso un recurso de reposición contra una resolución que desestimó su reclamación contra Google LLC. La reclamación original se centraba en la solicitud de que su nombre no se vinculara a ciertos resultados de búsqueda en Google, específicamente a siete URLs que contenían información sobre supuestas tramas de estafa en las que se le implicaba.
El reclamante argumentó que la información publicada en los enlaces no era veraz y que no había sido condenado por los delitos mencionados. Además, negó ser la persona a la que se referían las noticias y aportó un informe de vida laboral para demostrar su actividad profesional legítima. Sin embargo, Google sostuvo que las URLs publicaban artículos de interés público y que la información era relevante para la actividad profesional del reclamante.
La resolución desestimó la reclamación, argumentando que la información publicada era de interés público y que prevalecía el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho a la protección de datos personales. Se consideró que la información no era obsoleta, ya que había sido publicada en el año 2016, y que no se había demostrado documentalmente que fuera inexacta.
El recurso de reposición fue desestimado porque no se aportaron hechos ni argumentos jurídicos nuevos que permitieran reconsiderar la validez de la resolución impugnada. Se indicó que el cauce adecuado para la tutela del derecho al honor y a la propia imagen no se encontraba en la normativa de protección de datos, sino en la Ley Orgánica 1/1982, y que el órgano competente para resolver este tipo de reclamaciones no era la Agencia Española de Protección de Datos.