| Resolución | REPOSICION-TD-02210-2017 |
| Firmado | 2018-06-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el recurso de reposición RR/00302/2018, don D.D.D. reclamó contra la resolución que desestimó su solicitud de cancelación de datos personales en Google. El reclamante solicitó que sus datos no aparecieran asociados a una URL que contenía una noticia publicada en diciembre de 2014, en la que se mencionaba su participación en un proyecto político que no prosperó. Argumentó que la información era obsoleta y que su ideología política se exponía sin su consentimiento, afectando su privacidad.
Google, por su parte, defendió que la información no era obsoleta y que la noticia era de interés público, ya que se trataba de una participación en la esfera política. La resolución desestimó la reclamación, argumentando que la información no era obsoleta y que el interés público en acceder a dicha información prevalecía sobre el derecho a la protección de datos del reclamante.
El recurso de reposición fue desestimado porque no se presentaron nuevos hechos ni argumentos jurídicos que justificaran una reconsideración. Se recomendó al reclamante que, si lo consideraba necesario, ejerciera su derecho a través de la Ley Orgánica 1/1982, que protege el derecho al honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen, ya que la normativa de protección de datos no era el cauce adecuado para su reclamación.
La resolución final desestimó el recurso de reposición, notificando al reclamante y haciendo pública la resolución conforme a la normativa vigente. Contra esta resolución, el reclamante puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.