AEPD confirma la eliminación de enlaces perjudiciales para A.A.6 en Google, prevaleciendo el derecho a la protección de datos sobre la libertad de información.

Resolución REPOSICION-TD-01960-2017
Firmado 2018-02-12T00:00:00Z
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En el procedimiento TD/01960/2017, se resolvió un recurso de reposición presentado por Google LLC contra una resolución que estimaba parcialmente una reclamación de tutela de derechos formulada por un individuo identificado como A.A.6. La reclamación se centraba en la solicitud de que Google eliminara ciertos enlaces (URLs) que vinculaban su nombre con información considerada perjudicial o desactualizada.

A.A.6 había solicitado la cancelación de 26 URLs, alegando que la información contenida en ellas era inexacta o ya no relevante, y que su derecho a la protección de datos estaba siendo vulnerado. La reclamación se basaba en autos judiciales que demostraban su no imputación en ciertos procedimientos y el sobreseimiento y archivo de otros.

Google argumentó que la eliminación de estos enlaces era contraria a la libertad de información y que la información en cuestión tenía relevancia pública. Sin embargo, la resolución inicial determinó que, en la mayoría de los casos, los derechos del reclamante prevalecían sobre el interés público en acceder a dicha información, especialmente cuando se trataba de datos desactualizados o inexactos.

La resolución estimó la reclamación respecto a 18 URLs, desestimó una y inadmitió dos más, ya que no se había acreditado el ejercicio del derecho de cancelación o porque la información ya no aparecía en los resultados de búsqueda. Google presentó un recurso de reposición, argumentando que la eliminación de los enlaces vulneraba la libertad de información. No obstante, el recurso fue desestimado, ya que no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran una reconsideración de la resolución inicial.

En consecuencia, se ordenó a Google LLC que adoptara las medidas necesarias para evitar que el nombre de A.A.6 se vinculara con las URLs especificadas en los resultados de búsqueda, prevaleciendo así su derecho a la protección de datos.