| Resolución | REPOSICION-TD-01839-2017 |
| Firmado | 2018-03-15T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el recurso de reposición TD/01839/2017, la Confesión Religiosa Testigos Cristianos de Jehová interpuso un recurso contra una resolución que parcialmente estimaba la reclamación de D. A.A.A. sobre la cancelación de sus datos personales. La reclamación original se basaba en la denegación parcial de su derecho de cancelación, ya que la confesión religiosa conservaba ciertos datos personales como el nombre, fecha de nacimiento, sexo, fecha de bautismo y fecha de desasociación.
La resolución impugnada determinó que solo se podían conservar y utilizar los datos del nombre y apellidos, fecha de bautismo y fecha de desasociación en el caso de una nueva solicitud de ingreso del afectado. La confesión religiosa argumentó que era necesario conservar también la fecha de nacimiento, el sexo y el nombre de la congregación para proteger sus intereses legítimos y cumplir con sus normas internas.
El recurso de reposición fue desestimado porque no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran reconsiderar la resolución original. La decisión se basó en la necesidad de equilibrar el derecho a la libertad religiosa y el derecho a la protección de datos personales, aplicando el principio de proporcionalidad. Se concluyó que los datos conservados debían ser los mínimos necesarios para cumplir la finalidad específica de verificar posibles solicitudes de readmisión, evitando así el almacenamiento innecesario de datos sensibles.
La resolución final desestimó el recurso de reposición y notificó la decisión a la confesión religiosa, indicando que contra esta resolución se podía interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.