| Resolución | REPOSICION-TD-01831-2017 |
| Firmado | 2018-03-15T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento TD/01831/2017, se resolvió un recurso de reposición presentado por Google LLC contra una resolución que estimaba parcialmente una reclamación de tutela de derechos formulada por un individuo, don H.H.H. La reclamación se centraba en la solicitud de que su nombre no se vinculara a ciertas URLs en los resultados de búsqueda de Google.
Don H.H.H. había solicitado la eliminación de enlaces que contenían información sobre un procedimiento judicial en el que fue acusado y posteriormente sobreseído. La resolución inicial estimó la reclamación para seis de las siete URLs, argumentando que la información ya no era pertinente y que su permanencia en los resultados de búsqueda causaba una injerencia en el derecho fundamental al respeto de la vida privada del reclamante. Sin embargo, se desestimó la reclamación respecto a una URL que contenía una entrevista autorizada por el interesado.
Google LLC interpuso un recurso de reposición, alegando que el bloqueo de las URLs era contrario al artículo 20 de la Constitución española, que protege la libertad de información. La empresa argumentó que la información era exacta y de interés público, dado el cargo público del reclamante.
La resolución del recurso de reposición desestimó las alegaciones de Google, manteniendo que el derecho a la protección de datos del reclamante prevalecía sobre el interés público en acceder a la información. Se argumentó que, aunque la información permanecía en las webs de origen, su vinculación con el nombre del reclamante en los resultados de búsqueda constituía una injerencia injustificada en su vida privada.
Finalmente, se desestimó el recurso de reposición de Google LLC, confirmando la resolución inicial y ordenando la notificación de la decisión a Google Spain, S.L. para su traslado a Google LLC. La resolución se hizo pública conforme a la normativa vigente, y se indicó la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.