AEPD desestima recurso de reposición y rechaza sancionar a Liberty Seguros tras rectificar datos personales del reclamante

Resolución REPOSICION-TD-01826-2017
Firmado 2018-02-05T00:00:00Z
Enlace 📋

En el procedimiento TD/01826/2017, D. A.A.A. presentó una reclamación contra la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., alegando una vulneración de sus derechos de protección de datos. La reclamación fue estimada por motivos formales, lo que llevó a la rectificación de los datos personales del reclamante durante el procedimiento de Tutela de Derechos.

Posteriormente, D. A.A.A. interpuso un recurso de reposición solicitando la apertura de un procedimiento sancionador contra la entidad. Sin embargo, la resolución del recurso desestimó esta solicitud, argumentando que el procedimiento de Tutela de Derechos se inicia a instancia del afectado para garantizar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mientras que el procedimiento sancionador se inicia de oficio por la autoridad competente.

La decisión se basó en la doctrina del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional, que establecen que el denunciante no tiene legitimación activa para impugnar la resolución en lo que concierne al resultado sancionador. Además, se señaló que la tutela de derechos tiene como objetivo garantizar el ejercicio de los derechos del reclamante, y que en este caso, al haber sido rectificados los datos personales, se consideraba restablecido el derecho de rectificación del reclamante.

Por lo tanto, no procedía iniciar un procedimiento sancionador por impedimento al ejercicio del derecho de rectificación. El recurso de reposición fue desestimado al no aportar hechos ni argumentos jurídicos nuevos que permitieran reconsiderar la validez de la resolución impugnada.