| Resolución | REPOSICION-TD-01777-2017 |
| Firmado | 2019-01-08T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La decisión se refiere a un recurso de reposición presentado por D. C.C.C., representante de Dª B.B.B., contra una resolución que inadmitió una reclamación previa. La reclamación original se dirigía contra Microsoft Ibérica SRL por no haber atendido adecuadamente el derecho de cancelación de datos personales de Dª B.B.B., conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal.
En la reclamación, Dª B.B.B. alegaba que su nombre y apellidos estaban vinculados a una investigación en la que había sido citada como apoderada, y solicitaba la desindexación de noticias obsoletas que carecían de interés público. Sin embargo, la resolución inicial inadmitió la reclamación debido a que la documentación aportada no cumplía con los requisitos formales necesarios para su análisis.
En el recurso de reposición, D. C.C.C. reiteró las mismas pretensiones, argumentando que la información era obsoleta y carecía de relevancia pública. No obstante, la resolución del recurso de reposición desestimó el recurso, confirmando la inadmisión de la reclamación original. La decisión se basó en que la información publicada se refería a la vida profesional de Dª B.B.B., y no a su vida privada, por lo que prevalecía el derecho a la libertad de información sobre el derecho a la protección de datos.
Además, se señaló que el cauce adecuado para la protección del derecho al honor y a la propia imagen no era la normativa de protección de datos, sino la Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Por lo tanto, se desestimó el recurso y se archivó la denuncia, permitiendo la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.