| Resolución | REPOSICION-TD-01621-2016 |
| Firmado | 2018-02-15T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento TD/01621/2016, Dª A.A.A. (representada por D. B.B.B.) interpuso una reclamación contra Google Inc. por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos personales. La reclamante solicitó la eliminación de 112 URLs que contenían información relacionada con el caso de las «Tarjetas Black», en el cual se le imputaban delitos que no habían sido probados ni contrastados. La reclamante argumentó que esta información lesionaba su dignidad y buen nombre, ya que nunca había sido juzgada por estos casos y que la divulgación de su información personal carecía de interés general.
Google Inc. respondió que el papel público de la reclamante y el interés público justificaban la inclusión de las URLs en los resultados de búsqueda. La empresa también señaló que las informaciones eran veraces y relevantes, y que la reclamante había sido parte de un escándalo de corrupción con gran repercusión pública.
La resolución inicial desestimó la reclamación, argumentando que la información no era inexacta y que el interés público prevalecía sobre el derecho al olvido de la reclamante. La reclamante presentó un recurso de reposición, alegando que la información era obsoleta y que la resolución había menoscabado su dignidad y reputación.
En la resolución del recurso de reposición, se desestimó nuevamente la reclamación. Se argumentó que la información no podía considerarse obsoleta, dado que los hechos aún estaban siendo juzgados y tenían relevancia pública. Además, se señaló que la protección del derecho al honor no correspondía a la normativa de protección de datos, sino a la Ley Orgánica 1/1982, y que, por tanto, la reclamante debía dirigirse a las instancias correspondientes para la tutela de dicho derecho.
La decisión final fue desestimar el recurso de reposición, manteniendo la resolución inicial que desestimaba la reclamación de tutela de derechos.