| Resolución | REPOSICION-TD-01281-2018 |
| Firmado | 2019-03-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento TD/01281/2018, D. A.A.A. presentó un recurso de reposición contra una resolución que desestimó su reclamación contra Google. La reclamación original se basaba en la solicitud de supresión de información personal publicada en internet, argumentando que dicha información era inadecuada, inexacta y no pertinente, y carecía de interés público.
El recurrente alegó que la resolución se basó en la falta de ejercicio adecuado del derecho de supresión, aunque este aspecto fue subsanado posteriormente. Además, sostuvo que las noticias publicadas no tenían interés público y que su contenido era inapropiado y no veraz.
La resolución desestimó la reclamación debido a que las publicaciones estaban amparadas por la libertad de información y no se acreditó la obsolescencia o falta de veracidad de los datos. Se argumentó que el derecho al honor y a la propia imagen no se protege bajo la normativa de protección de datos, sino bajo la Ley Orgánica 1/1982, y que, por tanto, la reclamación no era competente para ser resuelta por la entidad correspondiente.
El recurso de reposición fue desestimado porque no se aportaron hechos ni argumentos jurídicos nuevos que permitieran reconsiderar la validez de la resolución impugnada. La decisión final reafirmó que la información publicada estaba protegida por la libertad de información y que la reclamación no cumplía con los requisitos necesarios para su procedencia.