AEPD Desestima Recurso de Reposición: Datos Personales No Pueden Ser Cancelados con Relación Comercial Pendiente

Resolución REPOSICION-TD-01257-2018
Firmado 2018-12-14T00:00:00Z
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En el recurso de reposición TD/01257/2018, Dª. A.A.A. denunció que su derecho de cancelación/supresión de datos no había sido atendido adecuadamente. La reclamante había solicitado la cancelación de sus datos en 2014, pero alegó que en 2018 volvió a recibir contactos insistentes y molestos.

La resolución inicial desestimó la reclamación, argumentando que existía una relación comercial pendiente entre las partes, específicamente un colchón pendiente de pago o devolución. Esto implicaba que los datos de la reclamante habían sido utilizados nuevamente debido a una compra reciente, lo que justificaba la retención de sus datos.

En el recurso de reposición, la reclamante aportó documentación que acreditaba su solicitud de cancelación de 2014, pero no aclaró si los contactos recibidos fueron posteriores a la compra del colchón o a lo largo de los años. La resolución del recurso mantuvo la desestimación, señalando que no se puede solicitar la supresión de datos de un cliente con una relación comercial o contractual pendiente.

La decisión final desestimó el recurso de reposición, argumentando que no se presentaron hechos ni argumentos jurídicos nuevos que justificaran reconsiderar la resolución inicial. Se concluyó que la reclamante debe resolver su relación comercial con la entidad antes de solicitar nuevamente el derecho de oposición y supresión.