AEPD desestima reclamación contra Google: El interés público prevalece sobre el derecho al olvido en caso de URLs vinculadas a investigación judicial

Resolución REPOSICION-TD-01068-2017
Firmado 2018-12-14T00:00:00Z
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El caso TD/01068/2017 se refiere a una reclamación presentada por D. A.A.A. contra Google Inc. debido a la negativa de la empresa a retirar ciertas URLs de los resultados de búsqueda asociados a su nombre. El reclamante alegaba que la información publicada en dichas URLs era inadecuada y perjudicial, ya que le vinculaba con una investigación judicial en la que no fue imputado, afectando su reputación y vida laboral.

El reclamante solicitó la cancelación de 32 URLs, argumentando que la información publicada era inexacta y causaba un perjuicio significativo. Google, por su parte, rechazó la solicitud, argumentando que la información era de interés público y estaba relacionada con la vida profesional del reclamante. La empresa también señaló que algunas de las URLs ya habían sido objeto de solicitudes anteriores y que se habían tomado medidas al respecto.

La resolución desestimó la reclamación respecto a las URLs 1 a 29, considerando que la información publicada era de interés público y que no se había demostrado que fuera inexacta. Además, se inadmitió la reclamación respecto a las URLs 30, 31 y 32, ya que no se había acreditado que el reclamante hubiera ejercido su derecho de cancelación ante Google.

El recurso de reposición presentado por D. A.A.A. fue desestimado, ya que no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que permitieran reconsiderar la resolución inicial. La decisión se basó en la ponderación entre el derecho al olvido del reclamante y el interés público en acceder a la información, concluyendo que este último prevalecía en el caso.

La resolución final desestimó el recurso de reposición y archivó la denuncia, permitiendo a D. A.A.A. la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.