AEPD ordena a RRHH Magazine, SLU eliminar datos personales tras desestimar su recurso por falta de notificación adecuada

Resolución REPOSICION-TD-00899-2016
Firmado 2018-12-03T00:00:00Z
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La mercantil RRHH Magazine, SLU fue objeto de una reclamación presentada por Dª A.A.A. el 14 de abril de 2016, en la que se denunciaba la falta de atención a su derecho de cancelación de datos personales conforme a la Ley Orgánica 15/1999. La reclamante solicitó la eliminación de todos sus datos personales, incluyendo fotografías y referencias que pudieran revelar su identidad, así como cualquier información relacionada con el SEO que hiciera aparecer su nombre en búsquedas de Google.

RRHH Magazine, SLU argumentó que no había recibido ninguna solicitud de cancelación por parte de la reclamante, sino de su marido, y que los únicos datos que podrían hacer referencia a ella eran noticias publicadas por terceros en sus páginas web. La entidad negó haber vulnerado el derecho de cancelación, alegando que no disponía de datos personales de la reclamante y que las publicaciones en sus páginas web eran informaciones de terceros.

El 26 de octubre de 2016, se dictó una resolución que estimaba la reclamación de Dª A.A.A. e instaba a RRHH Magazine, SLU a remitir una certificación en la que se hiciera constar que había atendido el derecho de cancelación ejercido por la reclamante, bajo amenaza de incurrir en una infracción prevista en el artículo 44 de la LOPD.

RRHH Magazine, SLU presentó un recurso de reposición contra esta resolución, alegando indefensión por no haber sido notificada adecuadamente. Sin embargo, se determinó que el trámite de audiencia al responsable del fichero se había cumplimentado correctamente y que, en cualquier caso, la omisión de dicho trámite no habría supuesto una indefensión real.

Finalmente, se desestimó el recurso de reposición y se requirió a RRHH Magazine, SLU el cumplimiento de la resolución de 26 de octubre de 2016, advirtiendo que el incumplimiento podría conllevar una sanción administrativa conforme al artículo 83.5.e) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).