AEPD desestima reclamación contra YouTube: Video de interés público y artístico no vulnera protección de datos

Resolución REPOSICION-TD-00743-2018
Firmado 2018-09-26T00:00:00Z
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En el procedimiento TD/00743/2018, Dª A.A.A. presentó una reclamación contra YouTube LLC (Google Spain, S.L.) solicitando la cancelación de un video que la mostraba en una entrevista. El video, publicado por una empresa rumana ya desaparecida, contenía declaraciones realizadas por la reclamante en el Festival Internacional de Cine de Chipre, donde recibió un premio por un cortometraje.

La reclamante argumentó que la permanencia del video afectaba tanto su vida profesional como personal. Sin embargo, YouTube denegó la solicitud de cancelación, alegando que no había identificado ninguna infracción de las directrices de privacidad y recomendando resolver el problema directamente con el creador del contenido.

La resolución inicial desestimó la reclamación, argumentando que el contenido del video era de interés público y artístico, y que la reclamante había recibido subvenciones por su actividad profesional en el sector audiovisual. Además, se señaló que la solicitud de cancelación se encuadraba más en el derecho a la propia imagen, regulado por la Ley Orgánica 1/1982, y no en la protección de datos personales.

Dª A.A.A. presentó un recurso de reposición, reiterando su petición de eliminación del video y argumentando que la imagen es un dato personal y que el video tenía más de seis años de antigüedad. Sin embargo, el recurso fue desestimado porque no aportó hechos ni argumentos jurídicos nuevos que permitieran reconsiderar la resolución inicial.

La decisión final desestimó el recurso de reposición, confirmando que el contenido del video era de interés público y artístico, y que la reclamante debía dirigirse a las instancias correspondientes para la tutela de su derecho a la propia imagen.