AEPD desestima reclamación contra Asnef y EVOFINANCE por falta de pruebas y abuso de derecho en solicitud de cancelación de datos

Resolución REPOSICION-TD-00526-2018
Firmado 2018-05-30T00:00:00Z
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D. A.A.A. presentó una reclamación contra Asnef-Equifax y EVOFINANCE E.F.C S.A.U. por no haber atendido su solicitud de cancelación de datos. La entidad EVOFINANCE confirmó la existencia de una deuda, lo que justificaba la permanencia de los datos en el fichero Asnef. El reclamante alegó que no había recibido respuesta de la entidad acreedora y que la deuda se incluyó sin requerimiento de pago, además de afirmar que la inclusión en los ficheros se utilizaba como instrumento de presión.

La resolución desestimó la reclamación, argumentando que el acreedor es el único legitimado para confirmar la existencia de la deuda y que la Agencia no es competente para dirimir cuestiones civiles. Se señaló que el procedimiento de tutela de derechos se inició correctamente y que el reclamante no aportó pruebas de que las circunstancias hubieran cambiado. Además, se consideró que el ejercicio reiterado de los derechos de protección de datos por parte del reclamante, sin fundamento, constituía un abuso de derecho.

La decisión se basó en la falta de pruebas que cuestionaran la confirmación de la deuda y en el abuso de derecho por parte del reclamante, quien no aportó nuevos hechos o argumentos jurídicos que justificaran la reconsideración de la resolución. Por ello, se desestimó el recurso de reposición y se archivó la denuncia.