| Resolución | REPOSICION-TD-00506-2017 |
| Firmado | 2018-05-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento TD/00506/2017, se denegó la reclamación de tutela de derechos presentada por D. D.D.D. contra la entidad EL PERIÓDICO DE ARAGÓN. La reclamación se basaba en la solicitud de cancelación de sus datos personales en una noticia publicada en 2013, argumentando que la información era obsoleta y que ya había cumplido con la sociedad al pagar su multa.
El reclamante solicitó la eliminación de su nombre, apellidos y cargo de la noticia, así como la implementación de medidas para evitar que la noticia fuera accesible a través de buscadores utilizando su nombre. Sin embargo, la resolución inicial inadmitió la reclamación debido a que el reclamante no acreditó debidamente la recepción de su solicitud de cancelación por parte de la entidad.
En el recurso de reposición, D. D.D.D. alegó que los hechos no se ajustaban a la verdad y presentó documentos para acreditar la obsolescencia de la noticia y la falta de antecedentes penales. Argumentó que, al no ser un personaje público y haber cumplido con su pena, sus datos deberían ser eliminados.
La resolución del recurso de reposición desestimó los argumentos del reclamante, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la normativa vigente. Se destacó que la publicación de noticias en medios digitales está amparada por la libertad de expresión y que, en caso de conflicto entre el derecho a la protección de datos y la libertad de información, esta última prevalece cuando la información es veraz y de interés público.
Se concluyó que la información publicada no era obsoleta y que su tratamiento estaba legitimado, por lo que no se vulneraba la normativa de protección de datos. Además, se indicó que, si el reclamante consideraba que la publicación vulneraba su derecho al honor o a la intimidad, debía recurrir a los órganos judiciales competentes.
Finalmente, se desestimó el recurso de reposición, confirmando la inadmisión de la reclamación inicial. La resolución se notificó a D. D.D.D., quien tiene la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.