AEPD desestima recurso de reposición por extemporáneo en reclamación contra Helvetia Seguros

Resolución REPOSICION-TD-00354-2018
Firmado 2019-03-27T00:00:00Z
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En el procedimiento TD/00354/2018, D. A.A.A. presentó un recurso de reposición contra una resolución que estimaba su reclamación contra HELVETIA COMPAÑÍA SUIZA DE SEGUROS S.A. La reclamación se basaba en la tutela de derechos, aunque los motivos específicos no se detallan en el resumen proporcionado.

El recurso de reposición fue presentado el 11 de marzo de 2019, casi un año después de la notificación de la resolución, que tuvo lugar el 15 de mayo de 2018. Según la normativa vigente, el plazo para interponer un recurso de reposición es de un mes desde la notificación del acto administrativo. Sin embargo, el recurrente argumentó que no había recibido certificación de la entidad reclamada para atender su derecho.

La resolución del recurso determinó que el escrito presentado por D. A.A.A. se encontraba fuera del plazo legal establecido, por lo que se desestimó el recurso por extemporáneo. Se concluyó que la reclamación original había sido atendida durante la tramitación del procedimiento de tutela de derechos, por lo que no procedía la emisión de una nueva certificación.

Finalmente, se resolvió desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. A.A.A. y se notificó esta decisión al interesado. La resolución pone fin a la vía administrativa, permitiendo la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dentro del plazo de dos meses desde la notificación.