| Resolución | REPOSICION-TD-00329-2021 |
| Firmado | 2022-05-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
D. A.A.A. interpuso un recurso de reposición contra una resolución que desestimó su reclamación por la divulgación de su nombre y apellido en una página web. El reclamante argumentó que esta divulgación vulneraba sus derechos, comparándola con casos sancionados por la divulgación de imágenes personales. Además, denunció dificultades para ejercer sus derechos debido a una dirección de correo electrónico incorrecta en la política de privacidad.
La resolución desestimó el recurso, argumentando que la reclamación no se ajustaba al ámbito de la protección de datos, sino al derecho al honor y a la propia imagen, regulado por la Ley Orgánica 1/1982. Se indicó que el reclamante debía dirigirse a las instancias correspondientes para la tutela de estos derechos. La resolución también mencionó que el comentario en cuestión no constituía una infracción de la normativa de protección de datos, sino una opinión que podría ser objeto de otro tipo de normativa.