AEPD confirma el derecho de acceso a la historia clínica de un fallecido sin especificar grado de parentesco

Resolución REPOSICION-TD-00097-2020
Firmado 2020-11-05T00:00:00Z
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HM Hospitales 1989, S.A. interpuso un recurso de reposición contra una resolución que estimaba la reclamación de D. A.A.A. para acceder a la historia clínica de su prima fallecida. El hospital argumentaba que el parentesco de primo no autorizaba dicho acceso. La resolución desestimó el recurso, confirmando que la Ley de Autonomía del Paciente no especifica el grado de parentesco necesario para acceder a la historia clínica de un fallecido. Se determinó que, al acreditarse la vinculación familiar, el reclamante tenía derecho al acceso sin necesidad de manifestar la intencionalidad del uso de la historia clínica.