AEPD desestima recurso de reposición sobre derecho al olvido en Google: Solo se consideraron las URLs solicitadas en la reclamación original

Resolución REPOSICION-TD-00063-2019
Firmado 2019-06-24T00:00:00Z
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En el procedimiento TD/00063/2019, se resolvió un recurso de reposición presentado por A.A.A. en representación de D. B.B.B. contra una resolución anterior. La reclamación original se dirigía contra Google LLC y Google Spain, S.L., y se centraba en el derecho al olvido, específicamente en la eliminación de enlaces a artículos publicados en un diario en 1987 y 1988.

El recurrente alegó que la resolución inicial solo había considerado dos de las tres URLs solicitadas para su desindexación, argumentando que se había producido un error en la transcripción. Sin embargo, tras revisar la documentación, se determinó que la solicitud original solo incluía dos URLs, y que la mención a una tercera URL no estaba correctamente documentada.

La resolución del recurso de reposición desestimó las alegaciones del recurrente, argumentando que no se habían presentado hechos ni argumentos jurídicos nuevos que justificaran una reconsideración. Se concluyó que la resolución inicial había sido correcta al desindexar las URLs solicitadas en la reclamación original, basándose en la jurisprudencia que establece que la lista de resultados de búsqueda se basa en el nombre y no en el contenido de la publicación.

Por lo tanto, se desestimó el recurso de reposición, confirmando la resolución anterior y dejando abierta la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.