AEPD desestima recurso de Telefónica por alta no autorizada de líneas: Diferencia entre protección de datos y disputas contractuales

Resolución REPOSICION-TD-00061-2021
Firmado 2021-06-28T00:00:00Z
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El recurrente, A.A.A., denunció que Telefónica Móviles España, S.A.U. le dio de alta tres líneas telefónicas sin su autorización en 2013, utilizando datos personales y bancarios que tenían desde 2007. Además, alega que fue incluido en un fichero de morosos por deudas de dichas líneas y que la información facilitada a ASNEF evitó que se le notificara su inclusión. El reclamante solicitó la cancelación de las líneas y la supresión de las cantidades reclamadas, pero continuó siendo facturado y finalmente incluido en el listado de morosos.

La resolución desestimó el recurso de reposición porque el reclamante mezcló derechos de protección de datos con disputas contractuales. Se determinó que los derechos solicitados en materia de protección de datos habían sido atendidos, pero se instó al reclamante a resolver las discrepancias contractuales en los foros correspondientes. No hubo sanción, ya que la decisión se basó en la clarificación de los derechos solicitados y la separación de las disputas contractuales.