| Resolución | REPOSICION-PS-00615-2022 |
| Firmado | 2024-01-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La resolución trata sobre el recurso de reposición presentado por A.A.A. contra una sanción impuesta a B.B.B. La denuncia original se refiere a una infracción relacionada con la protección de datos. El recurso fue inadmitido porque el denunciante no tiene la condición de interesado en el procedimiento sancionador. Según la legislación vigente y jurisprudencia del Tribunal Supremo, el denunciante no posee un derecho subjetivo ni un interés legítimo para que el denunciado sea sancionado. La administración es la única que tiene potestad sancionadora. Por ello, el recurso fue desestimado y se notificó la decisión a A.A.A., quien puede recurrir ante la Audiencia Nacional.