| Resolución | REPOSICION-PS-00584-2017 |
| Firmado | 2018-07-12T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento PS/584/2017, se denunció que AVON Cosmetics SAU había incluido los datos personales de una persona en ficheros de solvencia patrimonial sin su consentimiento. La persona afectada alegó que nunca había tenido relación con la empresa, ni como distribuidor ni como cliente, y que los datos habían sido utilizados fraudulentamente. AVON, por su parte, argumentó que la persona era un distribuidor y que había cumplido con la normativa de protección de datos al informar sobre la deuda y la posible inclusión en ficheros de morosos mediante un SMS certificado.
La resolución inicial impuso a AVON una multa de 64.000 euros por infracciones graves de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). AVON presentó un recurso de reposición, alegando principalmente que la LOPD no era aplicable a su tratamiento de datos de distribuidores y que, en cualquier caso, había cumplido con la normativa vigente. Además, solicitó la suspensión del procedimiento debido a una posible infracción penal por falsedad documental y estafa.
La resolución del recurso desestimó los argumentos de AVON, confirmando la sanción. Se determinó que los hechos probados no habían sido cuestionados por AVON y que no se habían presentado nuevos argumentos que justificaran una reconsideración. La resolución subrayó que la inclusión de datos en ficheros de solvencia patrimonial sin el consentimiento del afectado y sin cumplir con los requisitos legales constituía una infracción grave. Además, se rechazó la suspensión del procedimiento, ya que AVON no había aportado pruebas suficientes sobre el estado de las diligencias penales alegadas.