| Resolución | REPOSICION-PS-00567-2021 |
| Firmado | 2022-10-19T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. fue sancionado con 500 euros por la instalación de cámaras de videovigilancia que captaban espacios públicos y propiedades ajenas, vulnerando el artículo 5.1 c) del RGPD. La denuncia se originó el 3 de septiembre de 2021, cuando un vecino reclamó que las cámaras instaladas por A.A.A. enfocaban hacia su propiedad y la zona pública. A pesar de las notificaciones y recomendaciones para reorientar las cámaras, A.A.A. no tomó medidas. La sanción se mantuvo porque las cámaras realizaban un tratamiento injustificado de datos personales, captando imágenes de terceros sin consentimiento y sin la debida señalización. La resolución desestimó el recurso de reposición presentado por A.A.A., argumentando que las cámaras afectaban la privacidad de los vecinos y que no se había demostrado la proporcionalidad ni la necesidad de captar espacios públicos.