AEPD anula multas a Worldwide Classic Cars Network S.L. por considerar que no vulneró el RGPD con sus cámaras de videovigilancia

Resolución REPOSICION-PS-00545-2021
Firmado 2022-04-21T00:00:00Z
Enlace 📋

WORLDWIDE CLASSIC CARS NETWORK S.L. interpuso un recurso de reposición contra una resolución que le imponía multas por vulnerar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La empresa denunció que una de las cámaras de videovigilancia era falsa y disuasoria, y que la otra pertenecía a un vecino. La resolución inicial sancionaba a la empresa por no informar adecuadamente sobre la videovigilancia y por no llevar un registro de actividades.

La empresa argumentó que la cámara falsa no trataba datos personales y que la otra no era de su propiedad. Tras revisar las alegaciones, se determinó que la cámara falsa no constituía un tratamiento de datos personales, por lo que no se vulneraba el RGPD. Además, la otra cámara pertenecía a un tercero, eximiendo a la empresa de responsabilidad.

Finalmente, se estimó el recurso de reposición, anulando las multas y las medidas impuestas.