Comunidad de Propietarios Multada con 4.000 Euros por Exponer Datos Personales en Tablón de Anuncios

Resolución REPOSICION-PS-00510-2017
Firmado 2018-06-01T00:00:00Z
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La Comunidad de Propietarios A.A.A. fue sancionada con una multa de 4.000 euros por vulnerar el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. La infracción se consideró grave según el artículo 44.3.d) de la misma ley.

La denuncia se originó porque la comunidad publicó en un tablón de anuncios, accesible a terceros, una lista de propietarios que no estaban al corriente de pago. Este listado incluía datos personales de los deudores, como nombres y apartamentos correspondientes, lo cual fue considerado una violación del deber de secreto y protección de datos.

La comunidad argumentó que la publicación se realizó conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, que permite la exposición de convocatorias y listas de deudores en el tablón de anuncios cuando no se puede notificar personalmente a los propietarios. Sin embargo, se demostró que el denunciante había facilitado un domicilio para notificaciones y que la comunidad no había intentado notificarle adecuadamente antes de exponer sus datos en el tablón.

Además, se constató que el tablón de anuncios estaba ubicado en un vestíbulo de recepción accesible a personas ajenas a la comunidad, lo que permitió que terceros pudieran ver los datos personales expuestos. La comunidad no logró demostrar que solo los propietarios tuvieran acceso al tablón durante el periodo en cuestión.

La sanción se impuso porque la comunidad no cumplió con los requisitos legales para exponer datos personales en el tablón de anuncios, vulnerando así el derecho a la protección de datos de los afectados. La resolución desestimó el recurso de reposición presentado por la comunidad, confirmando la validez de la sanción impuesta.