| Resolución | REPOSICION-PS-00506-2017 |
| Firmado | 2018-02-15T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La entidad Caja Laboral Popular C.C. (Laboral Kutxa) fue sancionada con una multa de 40.001 euros por no atender los requerimientos de información solicitados en el marco de una investigación. La denuncia se centró en la falta de respuesta a dos solicitudes de documentación realizadas el 29 de mayo y el 18 de septiembre de 2017, relacionadas con una investigación en curso sobre un expediente específico.
La entidad solo remitió la documentación requerida el 27 de octubre de 2017, después de recibir la notificación del inicio del procedimiento sancionador. Esta falta de respuesta inicial fue considerada una vulneración del artículo 37.1.i) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que obliga a los responsables de los ficheros a proporcionar la información necesaria para el desempeño de las funciones de la entidad investigadora.
La infracción fue tipificada como grave según el artículo 44.3.i) de la misma ley, lo que permitió imponer una sanción que podía oscilar entre 40.001 y 300.000 euros. La sanción se justificó por la negativa a colaborar con la investigación y la falta de respuesta a los requerimientos de información, lo cual es esencial para el correcto funcionamiento de las investigaciones y la protección de los datos personales.
Caja Laboral Popular C.C. (Laboral Kutxa) presentó un recurso de reposición, pero este fue desestimado porque no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que pudieran reconsiderar la validez de la resolución inicial. La entidad fue notificada de la desestimación del recurso y se le advirtió que debía hacer efectiva la sanción una vez que la resolución fuera ejecutiva, en el plazo establecido por la normativa vigente.