| Resolución | REPOSICION-PS-00488-2021 |
| Firmado | 2022-03-30T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
A.A.A. fue sancionado con 3000 euros por vulnerar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La denuncia se originó por la presencia de un sistema de videovigilancia mal orientado hacia la zona de la piscina y el tránsito, sin un cartel informativo adecuado. Además, el cartel existente hacía referencia a una normativa derogada y no se proporcionó documentación que acreditara la titularidad de la zona vigilada. Las cámaras afectaban desproporcionadamente a la intimidad de los clientes en la zona de la piscina, y las cláusulas informativas del contrato no cumplían con los requisitos del RGPD. La sanción se impuso por la orientación inadecuada de las cámaras y la deficiente información proporcionada a los clientes. A.A.A. presentó un recurso de reposición, pero este fue desestimado, confirmando la validez de la resolución inicial.