| Resolución | REPOSICION-PS-00482-2022 |
| Firmado | 2023-03-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un cliente denunció a Caixabank Payments & Consumer EFC, EP, S.A.U. por seguir reclamando el pago de una deuda que había sido anulada por una sentencia judicial. La entidad continuó exigiendo el pago a través de empresas de recobro, incluso después de que el cliente había cumplido con la sentencia y pagado la cantidad correspondiente. La entidad fue sancionada con una multa de 70.000 euros por vulnerar el artículo 6.1 del RGPD, que establece las condiciones para el tratamiento lícito de datos personales. La sanción se impuso debido a la falta de diligencia de la entidad en cumplir con la normativa de protección de datos y por seguir reclamando una deuda inexistente, lo que constituyó una infracción grave.