| Resolución | REPOSICION-PS-00471-2020 |
| Firmado | 2021-11-10T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La empresa AMPUDIA DIAZ, S.L. fue sancionada con multas de 1.000 y 500 euros por vulnerar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La denuncia se basó en la instalación de un sistema de videovigilancia en una cafetería que captaba imágenes de la vía pública y del interior del local sin un cartel informativo. La empresa alegó que sí existía el cartel y que la videovigilancia era necesaria debido a las restricciones por la pandemia de COVID-19. Sin embargo, no se presentaron pruebas suficientes durante el procedimiento. La sanción se mantuvo debido a la falta de respuesta y de pruebas por parte de la empresa, lo que impidió reconsiderar la resolución.