| Resolución | REPOSICION-PS-00458-2021 |
| Firmado | 2022-02-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La Comunidad de Propietarios R.R.R. fue sancionada con 1500 euros por la instalación de cámaras de seguridad sin la debida autorización de todos los propietarios, lo cual vulneraba el artículo 6 del RGPD. La denuncia se basó en la instalación de estas cámaras sin el consentimiento necesario. Sin embargo, la comunidad argumentó que las cámaras estaban instaladas solo con fines disuasorios y no grababan ni trataban datos personales. Presentaron una factura que confirmaba la compra de cámaras sin capacidad de grabación y una acta de la junta de propietarios que respaldaba esta afirmación. La sanción fue revocada porque, al no haber tratamiento de datos personales, no se cometió infracción alguna en materia de protección de datos.