AEPD anula sanción de 10.000 euros a D. A.A.A. por fallos en la notificación del procedimiento sancionador por incumplimiento del RGPD

Resolución REPOSICION-PS-00438-2019
Firmado 2021-09-15T00:00:00Z
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D. A.A.A. fue sancionado con una multa de 10.000 euros por no cumplir con el artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que exige informar adecuadamente sobre el tratamiento de datos personales. La infracción se relaciona con la edad mínima requerida para suscribirse a un boletín informativo, que se indicaba como 13 años, incumpliendo así la normativa vigente.

El recurrente denunció que no se le notificó correctamente el inicio del procedimiento sancionador, lo que le generó indefensión. Argumentó que la notificación se dirigió a una dirección incorrecta y a otra persona, y que no se le permitió acceder al expediente del procedimiento anterior, lo que le impidió defenderse adecuadamente.

La resolución estimó el recurso y declaró nula la sanción impuesta. La nulidad se basó en que la notificación del acuerdo de apertura del procedimiento sancionador no se realizó conforme a derecho, vulnerando los derechos fundamentales del recurrente a la defensa y a ser informado de la acusación. La notificación por edictos no fue adecuada, ya que se disponía de la dirección correcta del recurrente, lo que generó una situación de indefensión.