| Resolución | REPOSICION-PS-00389-2022 |
| Firmado | 2023-09-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B., propietario de un local comercial bajo la marca D.D.D., fue sancionado con 5.000 euros por vulnerar el artículo 6 del RGPD. La infracción se debió a la instalación de un sistema de videovigilancia que captaba tanto imágenes como sonido, lo cual no estaba justificado ni informado adecuadamente. La sanción se impuso porque este tipo de vigilancia invade la privacidad de las personas sin un fundamento legal claro. B.B.B. interpuso un recurso de reposición, solicitando la suspensión de la sanción y del requerimiento de adecuación del sistema. Sin embargo, la resolución desestimó la suspensión del requerimiento, argumentando que la medida es necesaria para proteger los derechos y libertades de los afectados. La sanción económica, en cambio, sí fue suspendida cautelarmente hasta que se resuelva el recurso contencioso-administrativo.