| Resolución | REPOSICION-PS-00368-2022 |
| Firmado | 2023-02-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 6 de junio de 2022, un reclamante solicitó acceso a las imágenes de un sistema de videovigilancia en las instalaciones de Heron City Valencia Management, S.L. La empresa denegó el acceso, argumentando que solo el personal autorizado o la policía podían solicitar dichas imágenes. El reclamante denunció esta negativa, alegando que se vulneraba su derecho de acceso a sus datos personales, conforme al artículo 15 del RGPD.
La resolución sancionó a la empresa con una multa de 10.000 euros por no respetar el derecho de acceso del reclamante. La empresa recurrente alegó que no era la responsable del tratamiento de datos, sino otra entidad del mismo grupo empresarial, pero no pudo aportar la documentación que lo acreditara. La resolución desestimó el recurso, confirmando la sanción por la infracción del artículo 15 del RGPD.