| Resolución | REPOSICION-PS-00349-2021 |
| Firmado | 2022-01-17T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Se denuncia la instalación de cámaras de video-vigilancia en una comunidad de propietarios que afectan a zonas comunes y derechos de terceros sin causa justificada. La reclamación se basa en la presencia de cámaras orientadas hacia la terraza de un vecino y la falta de cartel informativo. Se constata la presencia de varios dispositivos mal orientados y se sanciona al responsable con una multa por vulnerar el artículo 5.1 c) del RGPD, que exige que los datos personales sean adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario. La sanción se mantiene porque el recurrente no ha aportado pruebas suficientes para refutar la denuncia ni ha justificado la instalación de las cámaras.