| Resolución | REPOSICION-PS-00348-2022 |
| Firmado | 2022-12-29T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el expediente EXP202207150, se denunció que Don A.A.A. había instalado una cámara de videovigilancia en la puerta de su vivienda sin autorización de la comunidad de propietarios, afectando a zonas comunes. La sanción inicial fue de 600 euros por infracción del RGPD. Sin embargo, A.A.A. presentó un recurso de reposición alegando que no era responsable de la instalación, ya que la vivienda estaba alquilada y el inquilino había colocado la cámara sin su consentimiento. Además, había denunciado el hecho ante el Juzgado de Guardia. Tras revisar las alegaciones y la documentación presentada, se estimó el recurso, anulando la sanción. Se concluyó que el responsable de la instalación era el inquilino, no el propietario.