AEPD confirma sanción por instalación ilegal de cámaras de videovigilancia orientadas al espacio público

Resolución REPOSICION-PS-00334-2018
Firmado 2019-05-29T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00334/2018, se denunció la instalación de cámaras de video-vigilancia en la parte exterior de una vivienda, orientadas hacia el espacio público, sin una causa justificada. La denuncia fue presentada por la Brigada Judicial de Estupefacientes de la Comisaría Provincial de León, quien adjuntó fotografías que mostraban la ubicación de las cámaras.

El responsable de la instalación, identificado como A.A.A., fue apercibido por infringir el artículo 5 letra c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece el principio de minimización de datos. La resolución sancionadora se basó en la falta de consentimiento de los afectados y la ausencia de un cartel informativo que identificara al responsable del sistema de video-vigilancia.

A.A.A. presentó un recurso de reposición argumentando que desconocía los hechos imputados y que no mantenía relación con las cámaras exteriores. Sin embargo, el recurso fue desestimado porque no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que permitieran reconsiderar la validez de la resolución inicial. La resolución desestimatoria subrayó que los documentos formalizados por las autoridades, en este caso las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, hacen prueba de los hechos constatados, salvo que se acredite lo contrario.

La sanción se mantuvo debido a la falta de justificación para la instalación de las cámaras y la ausencia de medidas informativas adecuadas, lo que constituyó una infracción administrativa. La resolución final desestimó el recurso de reposición y notificó la decisión a A.A.A., quien tiene la opción de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.