| Resolución | REPOSICION-PS-00298-2024 |
| Firmado | 2025-10-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el expediente N.º EXP202307437, la empresa DIGI SPAIN TELECOM, S.L.U. presentó un recurso de reposición contra una resolución dictada el 29 de agosto de 2025. La resolución original fue notificada a la empresa el 8 de septiembre de 2025. Sin embargo, el recurso de reposición fue presentado el 9 de octubre de 2025, lo cual supera el plazo legal de un mes establecido para la interposición de dicho recurso.
La empresa denuncia o reclama la resolución que se dictó en su contra, mostrando su disconformidad con la misma. No obstante, el recurso fue inadmitido debido a la extemporaneidad en su presentación. Según la normativa vigente, el plazo para interponer un recurso de reposición es de un mes a partir de la notificación del acto administrativo. En este caso, la empresa no cumplió con dicho plazo, lo que llevó a la inadmisión del recurso.
La resolución final inadmite el recurso de reposición presentado por DIGI SPAIN TELECOM, S.L.U., y notifica esta decisión a la empresa. Contra esta resolución, la empresa puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dentro de los dos meses siguientes a la notificación de esta resolución.