| Resolución | REPOSICION-PS-00297-2022 |
| Firmado | 2023-03-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Orange España, S.A.U. fue sancionada con una multa de 70.000 euros por una infracción del artículo 6.1 del RGPD. La sanción se debe a que la empresa facilitó un duplicado de la tarjeta SIM de una línea móvil a un tercero sin el consentimiento del titular ni de la usuaria autorizada. La infracción se tipifica en el artículo 83.5 del RGPD, que sanciona las vulneraciones de los principios básicos para el tratamiento de datos personales. La empresa alegó que se trató de un error humano, pero se determinó que no se tomaron las medidas de seguridad adecuadas para evitar la suplantación de identidad. La sanción se considera proporcional a la gravedad de la infracción y a la necesidad de disuadir futuras conductas similares.