| Resolución | REPOSICION-PS-00265-2017 |
| Firmado | 2018-04-04T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00265/2017, la entidad 4FINANCE SPAIN FINANCIAL SERVICES, S.A. fue sancionada con 50.000 euros por vulnerar la normativa de protección de datos. La sanción se impuso debido a la inclusión errónea de los datos personales de un denunciante en ficheros de solvencia patrimonial, específicamente en ASNEF y BADEXCUG, asociados a una deuda que no le pertenecía.
El denunciante, A.A.A., alegó que VIVUS (entidad perteneciente a 4FINANCE) había tratado sus datos personales sin consentimiento y los había vinculado a deudas inexistentes. VIVUS había informado a los ficheros de morosidad sobre una deuda asociada al denunciante, a pesar de tener evidencia de que la deuda era fraudulenta. La entidad canceló las incidencias tras recibir documentación que probaba el fraude, pero volvió a incluir los datos del denunciante en ASNEF, cometiendo una segunda infracción.
La entidad recurrente argumentó que la segunda inclusión fue un error excepcional y que la trabajadora responsable había sido despedida. Sin embargo, la resolución desestimó estos argumentos, señalando que la conducta de 4FINANCE demostró una grave falta de diligencia y control sobre el tratamiento de datos personales. La sanción se mantuvo debido a la reiterada vulneración del principio de calidad de los datos, que exige que los datos sean exactos y veraces.
La entidad solicitó la reducción de la sanción, alegando atenuantes como la regularización diligente de la situación y la falta de beneficios obtenidos. No obstante, la resolución subrayó que la conducta infractora fue grave y que la entidad no había demostrado medidas adecuadas para prevenir tales errores. Por lo tanto, la sanción de 50.000 euros se mantuvo, siendo una cantidad próxima al mínimo establecido para infracciones graves.