| Resolución | REPOSICION-PS-00237-2019 |
| Firmado | 2020-02-17T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
XFERA MÓVILES, S.A. (YOIGO) fue sancionada con 60,000 euros por una vulneración del artículo 32 del RGPD, que se refiere a la seguridad de los datos personales. La infracción se calificó como grave según la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales. El caso se originó porque un reclamante recibió SMS dirigidos a un tercero y pudo acceder a los datos de este último a través de la web de YOIGO. La empresa fue notificada de la incidencia en varias ocasiones, pero no la subsanó.
YOIGO presentó un recurso de reposición argumentando que la resolución era nula debido a una situación de indefensión, ya que no tuvo conocimiento del inicio del procedimiento sancionador hasta la notificación de la propuesta de resolución. Sin embargo, se demostró que la notificación del acuerdo de inicio se realizó correctamente a través del servicio de gestión de Notificaciones Notific@, y se otorgó un plazo para formular alegaciones y presentar pruebas. Además, se le concedió una segunda oportunidad para defenderse.
Finalmente, el recurso de reposición fue desestimado porque no se aportaron nuevos hechos o argumentos jurídicos que permitieran reconsiderar la validez de la resolución impugnada. La sanción impuesta debe ser pagada una vez sea ejecutiva la resolución.