La AEPD sanciona a Doña B.B.B. con XXX€ por instalar cámaras de videovigilancia sin autorización y sin señalización adecuada hacia la propiedad colindante.

Resolución REPOSICION-PS-00232-2023
Firmado 2023-11-13T00:00:00Z
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Doña B.B.B. fue sancionada con una multa de XXX€ por infracciones de los artículos 5 y 13 del RGPD. La denuncia se basó en la instalación de cámaras de videovigilancia orientadas hacia la propiedad colindante de Doña A.A.A., sin autorización y sin la debida señalización. La sanción se impuso debido a la falta de información adecuada sobre la existencia de la videovigilancia y la orientación incorrecta de las cámaras.

En el recurso de reposición, se argumentó que las cámaras no afectaban a la propiedad de Doña A.A.A. y que había un sobreseimiento provisional en un procedimiento judicial. Sin embargo, se confirmó la sanción por la infracción del artículo 13 del RGPD, ya que las cámaras no estaban debidamente señalizadas. Se ordenó a Doña B.B.B. que colocara carteles informativos completos en un plazo de 10 días hábiles. La sanción se mantiene por la falta de información adecuada sobre la videovigilancia.