| Resolución | REPOSICION-PS-00210-2021 |
| Firmado | 2022-06-27T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
AD735 DATA MEDIA ADVERTISING, S.L. fue sancionada con 15.000 euros por no cumplir con una resolución que requería certificar el cumplimiento del derecho de acceso de un afectado. La empresa alegó que no había incumplido ninguna resolución y que había atendido las solicitudes de supresión y acceso del afectado. Además, reclamó vulneración de su derecho a la defensa y una indefensión debido a problemas en las notificaciones electrónicas. La empresa argumentó que no disponía de certificado electrónico hasta noviembre de 2021 y que las notificaciones se realizaron tanto por vía postal como telemática, causando confusión. Sin embargo, la resolución desestimó el recurso, considerando que la empresa no había demostrado indefensión ni había atendido adecuadamente las solicitudes del afectado. La sanción se mantiene por la infracción muy grave tipificada en el artículo 72.1 m) de la LOPDGDD.