| Resolución | REPOSICION-PS-00196-2024 |
| Firmado | 2025-08-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el expediente N.º EXP202310007, la empresa KVIKU SPAIN, S.L. presentó un recurso de reposición contra una resolución dictada el 14 de noviembre de 2024. La resolución original no se detalla en el documento, pero se entiende que la empresa recurrente no estaba conforme con la misma.
El recurso fue presentado el 22 de julio de 2025, lo cual es relevante porque el plazo legal para interponer un recurso de reposición es de un mes desde la notificación del acto administrativo. En este caso, la notificación se realizó el 3 de diciembre de 2024, por lo que el plazo para presentar el recurso expiró el 3 de enero de 2025.
La resolución del recurso de reposición concluyó que el recurso fue presentado fuera del plazo legal establecido, lo que constituye una causa de inadmisión según el artículo 116 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). Por lo tanto, el recurso fue inadmitido por ser extemporáneo.
La decisión final fue inadmitir el recurso de reposición interpuesto por KVIKU SPAIN, S.L. y notificar esta resolución a la empresa. Además, se informó a la empresa sobre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional dentro de los dos meses siguientes a la notificación de esta resolución.